JurídicoESEN
Order (Auto)October 27, 2021

A- de 2021

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alejandro Linares Cantillo

✓Claimant Departamento Administrativo De La Presidencia Y Otros

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Solicitud De Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Improcedencia por falta de carga argumentativa
  • Rechazar por cuanto no se cumplen los requisitos de oportunidad, legitimación y carga argumentativa
  • Requisitos formales y materiales de procedencia
  • Negar por cuanto cargos planteados son infundados y se pretende reabrir debate jurídico
2 topics · 5 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Con el presente auto se resuelven varias solicitudes de nulidad de la Sentencia SU.150/21 y una coadyudvancia a dicha pretensión.

Los peticionarios fueron el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y varios ciudadanos que, en términos generales, argumentaron la vulneración del derecho al debido proceso, entre otros motivos, porque no fueron vinculados terceros afectados por la decisión y porque se desbordó el margen de competencias de la Corte previsto en la Carta Superior.

Algunos alegaron además el desconocimiento de los presupuestos de procedencia de la acción de tutela, en concreto, el de subsidiariedad y la indebida apreciación de las pruebas.

La precitada autoridad decidió desistir del incidente de nulidad propuesto, sobre la base de lo reglado en el artículo 26 del Decreto 2591 de 1991 y del artículo 316 del Código General del Proceso, que admite la procedencia de la citada figura respecto de los incidentes.

La Sala Plena se pronunció sobre el régimen de nulidad de los procesos con ocasión de las sentencias proferidas por la Corte Constitucional y verificó el cumplimiento de los requisitos formales de los incidentes de nulidad propuestos en esta oportunidad.

Se decidió: 1º.

Aceptar el desistimiento mencionado y, 2º.

Rechazar las demás solicitudes, en su orden, por falta de legitimación en la causa; extemporaneidad, improcedencia y, falta de carga argumentativa

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (8 points)
  1. Primero. ACEPTAR el desistimiento radicado el 9 de junio de 2021 por el apoderado especial del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica (DAPRE) y, por ende, ABSTENERSE de decidir sobre la solicitud de nulidad promovida contra la sentencia SU-150 de 2021 por parte de dicha autoridad.
  2. Segundo. RECHAZAR por falta de legitimacion en la causa las solicitudes de nulidad formuladas por los senores Oscar Ortiz Gonzalez, Lorena Garnica y David Peinado Babilonia.
  3. Tercero. RECHAZAR por extemporanea la solicitud de nulidad formulada por los senores Juan Manuel Charry Uruena, Carlos Hugo Ramirez y Rodrigo Pombo Cajiao, referente a que no se vincularon a terceros afectados con la decision.
  4. Cuarto. RECHAZAR por extemporanea la solicitud formulada por el senador Ernesto Macias Tovar, referente al presunto desconocimiento del requisito de subsidiariedad, por no haberse hecho uso de la atribucion prevista en el articulo 44 de la Ley 5a de 1992, la cual corresponde a una peticion de nulidad independiente, pues su alegacion no guarda plena uniformidad de criterio con los vicios que fueron alegados por los incidentantes, en los terminos expuestos en esta providencia.
  5. Quinto. RECHAZAR de plano la causal relacionada con la existencia de incoherencias de unos peticionarios, formulada por los senores Carlos Hugo Ramirez y Rodrigo Pombo Cajiao, por ser notoriamente improcedente, en los terminos del numeral 2deg del articulo 43 del Codigo General del Proceso.
  6. Sexto. RECHAZAR por falta de carga argumentativa minima las solicitudes de nulidad formuladas por los senores Juan Manuel Charry Uruena, Carlos Hugo Ramirez y Rodrigo Pombo Cajiao, y que fueron descritas con los siguientes cargos: (i) se utilizo el amparo con la finalidad de controvertir la interpretacion razonable de una norma legal o reglamentaria compatible con la Constitucion; (ii) se desconocieron los presupuestos de procedencia de la accion de tutela, referentes a la legitimacion en la causa por activa, a la subsidiariedad y a la inmediatez; (iii) se valoraron de forma indebida las pruebas, ya que se omitio tener en cuenta que en las plenarias del Congreso se aprobaron textos diferentes en sede de conciliacion; (iv) se le dio validez a un texto conciliado que fue votado dos veces; (v) se desbordo el margen de competencias de la Corte, se invadieron las atribuciones del Congreso y se interfirio en el proceso constituyente; (vi) se incurrio en el error de asimilar los conceptos de quorum y mayorias, cuando el articulo 134 de la Constitucion limita su aplicacion al
  7. primero. de ellos; y (vii) no se acredito la violacion de algun derecho fundamental.
  8. Septimo. COMUNICAR, a traves de la Secretaria General de la Corte, el contenido de esta decision, indicando que contra esta no procede recurso alguno.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available3
Partial dissentGloria Stella Ortiz DelgadoPartial dissentAlejandro Linares CantilloPartial dissentPaola Andrea Meneses Mosquera
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.